jueves, 28 de mayo de 2020

¿Qué sucede si se tienen las semanas cotizadas pero no se acredita la edad para obtener la pensión de vejez?

Si usted está afiliado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida debe cumplir con una serie de requisitos para pensionarse, en Õiglus.com le damos respuesta a la hipótesis planteada.

Si usted tiene actualmente las 1300 semanas exigidas por la Ley 100 de 1993 para pensionarse pero aún no tiene la edad (57 años para mujeres; 62 años para hombres) puede:

  1. Seguir cotizando, pues cada 50 semanas adicionales que tenga en su historia laboral incrementarán su pensión en 1.5% hasta llegar al máximo del 80% del Ingreso Base de Liquidación, es decir, su pensión será de un monto mayor.
  1. Dejar de cotizar, es decir, esperar a cumplir la edad suficiente para adquirir la pensión de vejez.

Recuerde que en Õiglus.com lo asesoramos para que la justicia esté al alcance de todos.

Redacción por:
Dirección Jurídica y Administrativa de Õiglus.com

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